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Eutanasia

Corte Constitucional de Colombia amplió el derecho a la eutanasia

Seis magistrados votaron a favor y tres en contra de extender el derecho a una muerte digna a quienes padezcan "un intenso sufrimiento físico o psíquico" por causa de una lesión o enfermedad incurable.

La Corte Constitucional de Colombia amplió los requisitos para acceder y practicar la eutanasia en el único país de América Latina donde está despenalizada.

Seis magistrados votaron a favor y tres en contra de extender el derecho a una muerte digna a quienes padezcan "un intenso sufrimiento físico o psíquico" por causa de una lesión o enfermedad incurable, según la sentencia. Hasta ahora solo se aplicaba desde 1997 a pacientes terminales.

La Corte decidió que "no se incurre en el delito de homicidio por piedad" cuando la eutanasia se practica a un paciente que "padezca un intenso sufrimiento físico o psíquico, proveniente de lesión corporal o enfermedad grave e incurable", mientras el procedimiento sea efectuado por un médico y bajo "el consentimiento libre e informado" del enfermo.

Los magistrados exhortaron al Congreso para que legisle sobre la eutanasia "con miras a eliminar las barreras aún existentes".

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El delito de homicidio por piedad contempla una pena entre 16 y 54 meses de prisión en Colombia.

El ministerio de Salud reguló en 2015 la eutanasia para pacientes con enfermedades terminales, que hayan manifestado expresamente su voluntad de someterse al procedimiento y bajo supervisión de un comité médico, pero aún quedan vacíos que impiden el cumplimiento de ese mandato en el país.

"El derecho a la vida no puede reducirse a la mera subsistencia biológica, sino que implica la posibilidad de vivir adecuadamente en condiciones de dignidad", señaló la Corte. 

Redacción NTN24.com

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